Resolución de nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local y delegación de atribuciones.
Visto que el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada en fecha 30 de septiembre de 2019 acordó entre otros extremos, aprobar de la creación de la Junta de Gobierno Local, la cual estará integrada por la alcaldesa y tres concejales designados por esta, órgano que deberá asistir permanente a la alcaldesa en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que la alcaldesa u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes.
Visto que, de conformidad con los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, 43, 46 y 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía es competente para nombrar a los miembros que vayan a integrar la Junta, así como para delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en sus miembros.
Por todo ello, esta Alcaldía,
RESUELVE:
PRIMERO. Nombrar, como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes concejales:
- D. José Ramón Sañudo Diego.
- D. José Luis Magaldi González.
- D. Diego Miguel Diego Sainz-Pardo.
SEGUNDO. Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:
- Resoluciones en materia de Urbanismo: Actividades, permisos, licencias, planeamiento y gestión urbanística e infracciones urbanísticas. No se incluyen las órdenes de paralización de obra y las órdenes de ejecución y ruina.
- La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando la Alcaldía sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
- Acuerdos relativos a la solicitud de subvenciones. Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación.
TERCERO. Comunicar esta Resolución a todos los concejales afectados para su conocimiento y efectos.
CUARTO. Publicar esta Resolución en el Boletín Ofi cial de Cantabria, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
QUINTO. Dar cuenta de esta Resolución al Pleno en la próxima sesión que este celebre.